Libre deuda previsional
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11 de agosto de 2014
,por Santos Romero, Analía
La DDJJ de la Ley 17.250 ¿Quiénes la presentan, en qué fecha, cuál es el fin, se presenta por plataforma afip?
El libre deuda previsional se solicita a través de la página web de AFIP, ingresando con CUIT y clave Fiscal al servicio "DDJJ Ley 17.250 - Formulario 522/A". Una vez impreso el formulario se completan a manos los datos de quien suscribe y se presenta ante la entidad que lo solicitó. No se presenta ante AFIP, ya que ella es quien lo otorgó.
Este formulario es pedido en las habilitaciones, por ejemplo, en los bancos, etc. >
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6 de mayo de 2010
¿Cómo se obtiene un certificado de libre deuda de SUSS? ¿Se obtiene por internet?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 2191, a los efectos de obtener un libre deuda previsional (F. 522/A), el contribuyente deberá ingresar a la página web de la A.F.I.P. con C.I.U.T. y Clave Fiscal al servicio DD.JJ. Ley 17.250. >
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15 de abril de 2010
¿Cómo se procede para solicitar ente A.F.I.P. un libre deuda impositivo?
La A.F.I.P. no emite libre deuda impositivo. El contribuyente podrá solicitar un libre deuda previsional, mediante el ingreso a la página web de la A.F.I.P., con C.U.I.T. y Clave Fiscal, al servicio ?DD.JJ. Ley 17.250?.
A su vez, podrá tramitar el certificado fiscal para contratar, mediante la presentación de un nota conforme el modelo del Anexo II de la Resolución General Nº 1814, el cual es otorgado en la medida que el contribuyente no posea deuda.
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28 de septiembre de 2009
¿Está vigente el formulario F. 522/A, ya que lo pide un Banco y cuando el contribuyente intenta obtenerlo con clave fiscal en el sistema DDJJ Ley Nº 17250, el mismo arroja un error?
El formulario F. 522/A continúa vigente. A los efectos de obtenerlo se debe ingresar con CUIT y clave fiscal al servicio DDJJ Ley Nº 17250.
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